Argentina ratificó el Acuerdo de Escazú sobre Derechos Humanos y Ambiente
El tratado establece garantías para el acceso libre a la información, a la participación pública y a la justicia en asuntos relacionados con el medio ambiente en América Latina y el Caribe.
(Agencia CTyS-UNLaM) - El Estado argentino convirtió en Ley el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como “Acuerdo de Escazú’’, que establece garantías a nivel mundial para el cumplimiento de los Derechos Humanos y Ambientales en América Latina y el Caribe.
Se trata del primer acuerdo vinculante a nivel global que brinda un marco de protección para defensores de causas ambientales al contemplar la codependencia entre derechos humanos y ambientales. Con esta ratificación, Argentina se convirtió en el décimo país en adoptarlo y tomarlo como herramienta legal.
En relación al acceso a la información en temáticas ambientales, el director del Instituto de Medio Ambiente de la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM), Mariano Jäger, señala que el ingreso de la educación ambiental al sistema formal es clave para despertar la participación ciudadana en los asuntos de su territorio.
“La educación ambiental fundamentada sobre la base del derecho a vivir bien no se basa solo en el reciclaje o en prácticas que reduzcan el impacto ambiental individual, sino en el derecho a reclamar, también, por una situación justa. Esa parte tiene que estar incorporada en la educación”, comentó en diálogo con la Agencia CTyS-UNLaM, y resaltó que Argentina cuenta con un cuerpo de leyes que avala tal protección.
En rigor, Jäger hizo hincapié en el artículo 41 de la Constitución Nacional que establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".
A su vez, el especialista indicó que, en esta coyuntura no solo signada por la pandemia de COVID-19 sino por los incendios en el Delta y el centro del país, la agenda ambiental “tiene que estar presente en las discusiones que atañen a lo social, lo político y lo económico como un todo integral”.
En ese sentido, subrayó que el acceso a la información pública sobre los impactos, evaluaciones ambientales estratégicas y diversas consideraciones territoriales “deben hacerse efectivas más allá de contar con el Acuerdo o no” en cada obra o proyecto.
Sin embargo, recalcó que la circulación de datos, en lo que respecta al ambiente, excede los límites de cada Estado en los tiempos actuales. “Toda la información -señaló- debe poder ser compartida, ya que hay impactos transfronterizos que dan cuenta de una necesidad de libre acceso para todos los afectados y ciudadanos en general”.
Con la ratificación, Argentina acompañará a los otros nueve Estados que ya dieron su aprobación: Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Jamaica, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Uruguay.
El tratado es el fruto de una serie de negociaciones multilaterales derivadas de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), que tuvo lugar en 1992, y que confluyeron en la redacción de este acuerdo entre distintos actores sociales y políticos, adoptado en la ciudad de Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018.
De esta manera, se estableció una herramienta jurídica pionera por el hecho de cimentar una estructura institucional y herramientas legales, como la ponderación de los principios de no regresión y progresividad en medidas de protección ambiental, que colaboran en la formulación de políticas y la toma de decisiones a nivel local y regional.
Sobre este punto, Jäger enfatizó que el cumplimiento de esta normativa y de las ya vigentes a nivel nacional y provincial “requiere de una política de Estado integral en materia de Medio Ambiente que conjugue todos estos elementos”.