"Argentina fue el primer país que juzgó a sus genocidas"
Laura Saldivia Menajovsky, doctora en Derecho por la Universidad de Yale, analiza la importancia de los Juicios a las Juntas al cumplirse 30 años de la sentencia. Examina el contexto histórico y político y enumera experiencias internacionales que tomaron el caso argentino como modelo.
Por Laura Saldivia Menajovsky (especial para Agencia CTyS)- El respeto a los derechos humanos fue uno de los ejes centrales de la campaña electoral del candidato Raúl Alfonsín en el año 1983. Asesorado por un grupo de filósofos del derecho, entre los que se destacaba Carlos Nino, el nuevo gobierno adoptó una serie de medidas orientadas a afianzar la democracia. La primera de tales medidas consistió en la anulación de la ley de auto amnistía dictada por el gobierno de facto poco antes de dejar el poder que impedía el juzgamiento de los responsables de las violaciones cometidas por la dictadura militar. Para ello, el Congreso consideró que esta ley carecía de la presunción de validez que gozan las normas de origen democrático.
Otras de las medidas adoptadas para generar las condiciones necesarias para llevar a cabo la política de derechos humanos consistió en integrar la Corte Suprema y tribunales inferiores con hombres probos provenientes de distintas tradiciones políticas (radical, peronista, socialista), y en ratificar instrumentos internacionales de derechos humanos (por ej. la Convención Americana sobre Derechos Humanos).
En este sentido, la política en materia de derechos humanos del gobierno de la transición democrática abarcó muchos frentes diversos. En esencia, se fundó sendos pilares centrales orientados para hacer frente a las consecuencias de las violaciones masivas de los derechos humanos producidas por la dictadura militar: la verdad y la justicia. Respecto del primero de ellos, fue creada la CONADEP (Comisión Nacional de Desaparición de Personas) cuya función principal consistió en recibir pruebas y denuncias sobre los hechos y remitirlas a la justicia, como así también, averiguar el destino o paradero de las personas desaparecidas. Durante poco menos de un año, la CONADEP recabó miles de casos de desaparición, secuestro, tortura y ejecuciones.
El segundo pilar de la política de derechos humanos de la transición democrática consistió en ordenar el procesamiento de las tres Juntas militares responsables de dichas violaciones a los derechos humanos. Nunca antes un país había juzgado a sus propios genocidas. El único antecedente que existía en la materia eran los juicios de los Tribunales Internacionales de Núremberg y Tokio, pero en ambos casos fueron los países vencedores quienes juzgaron a los jerarcas vencidos.
El juicio de 1985 contra la cúpula militar fue uno de los eventos más remarcables de las transiciones a la democracia que tuvo lugar en el Cono Sur. No sólo actualizó los debates acerca de la responsabilidad ante crímenes de lesa humanidad y el castigo adecuado (discusiones que habían estado presentes en los Juicios de Núremberg y Tokio), sino que además elevó estas discusiones a un nuevo nivel ya que obligó a los activistas de derechos humanos, abogados y académicos a desafiar los límites puestos por la realidad política a la idea de justicia. El nuevo gobierno democrático debió buscar el equilibrio entre la obtención de justicia para las víctimas de los abusos, mientras, al mismo tiempo, establecer instituciones y autoridad democráticas.
El Juicio a las Juntas y un escenario complejo
Para entender la complejidad e importancia de los Juicios a las Juntas, hay que tener en cuenta el contexto histórico. Hacía apenas dos años que Alfonsín había asumido luego de una dictadura terrible, que además seguía conservando a los militares responsables de las violaciones masivas a los derechos humanos en las filas de las fuerzas armadas, en la Policía y en otras dependencias de seguridad y del Estado. El aparato represivo de la dictadura seguía intacto aún en democracia. Hasta hacía solo unos años atrás, se perseguía, se secuestraba y se masacraba gente. En este contexto, prevalecía en la sociedad un temor importante a represalias. A modo de ejemplo, los miembros de organizaciones armadas que testificaron en el juicio a las Juntas, no hacían referencia en sus testimonios a tal pertenencia, ello dado que el miedo todavía imperante había impuesto una suerte de tabú respecto de la participación en ese tipo de organizaciones, mientras que en los juicios que en la actualidad tienen lugar, la pertenencia de los testimoniantes a tales organizaciones es expuesta.
La opinión general de los argentinos es que los procedimientos judiciales llevados a cabo durante la transición democrática fueron conducidos dentro de la legalidad constitucional. Por supuesto, para muchos militares involucrados en las violaciones masivas, el juicio a las Juntas, y los otros juicios que paralelamente estaban teniendo lugar, fueron juicios políticos orientados hacia los intereses de la izquierda. Por esta razón, y por verse acorralados por los juicios que se estaban sustanciando, muchos militares de rango medio se alzaron contra el gobierno democrático (levantamientos carapintadas). Esta circunstancia terminó restringiendo el alcance del pilar justicia al sancionarse leyes como las de obediencia debida y punto final que establecían límites a la persecución penal.
Evaluación del Juicio
Es innegable que la investigación y enjuiciamiento de las personas responsables de las atrocidades cometidas durante la represión militar tuvo un impacto favorable en la construcción y consolidación de la democracia y en la creación de una comunidad basada en el respeto a los derechos humanos. En particular, contribuyó a generar conciencia pública sobre la importancia del sistema democrático para prevenir que ocurran violaciones masivas a los derechos humanos. Los juicios establecieron un piso mínimo de verdad con relación a las violaciones ocurridas durante la dictadura (desapariciones, apropiación de bebés, torturas) que hoy no es puesto en cuestión por la sociedad argentina.
Los juicios argentinos como modelo para el resto del mundo
Al ser el primer país en realizar este tipo de iniciativas, Argentina señaló el camino a seguir al resto de los países que en los ochenta y noventa estaban atravesando transiciones a la democracia similares. Tal fue el caso de la transición sudafricana, post apartheid, durante la década de 1990 que tomó como antecedente el caso Argentino para elaborar su política de justicia y reconciliación.
En el resto de los países latinoamericanos, no hubo juicios durante esa época. En Uruguay, se hicieron dos plebiscitos en los que triunfó la opción de mantener la auto amnistía de los militares, aunque recientemente el gobierno declaró esa ley inválida, poniéndose en marcha de esta manera juicios. En Chile, Augusto Pinochet quedó como senador vitalicio en el Congreso y recién con su detención en Inglaterra a fines de la década de 1990 la sociedad chilena comenzó a pensar en la justicia como una forma para lidiar con las violaciones de la dictadura. Guatemala, Paraguay, Perú, Brasil, son algunos de los otros países que recién en los últimos años están, a su manera, siguiendo el camino iniciado por Argentina.
Otras experiencias internacionales en materia de juzgamiento a genocidas, como son los Tribunales mixtos (local e internacional)en Camboya y Sierra Leona, o los Tribunales Internacionales de Ruanda y de la ex Yugoslavia, también tuvieron como modelo la experiencia de los juicios llevados a cabo en Argentina contra los máximos responsables de las violaciones masivas a los derechos humanos.
Laura Saldivia Menajovsky es abogada egresada de la Universidad de Buenos Aires. Posee un Doctorado y una Maestría en Derecho de la Universidad de Yale. Es profesora en temas de derechos humanos y derecho constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Matanza, de la Maestría en Derecho de la Universidad de Palermo, y de la Carrera de Estudios Políticos de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Fue responsable de proyectos de investigación del Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH) y asesora jurídica de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Se especializa en temas sobre igualdad y no discriminación, sexualidad y derecho, globalización, teoría constitucional, temas sobre los que ha publicado artículos en libros y revistas especializadas.